Los Sistemas de Reconocimiento Facial (SRF), ¿Prosperan en España?
Por L. Domenech. 14 Septiembre 2020. 13:40 PM
No hace muchos días que publicaba en Tecnolandia la noticia de que la ciudad de Portland había aprobado una prohibición del uso de tecnologías de reconocimiento facial, dentro de lugares privados accesibles al público, como tiendas, bancos,alquileres de Airbnb, restaurantes, lugares de entretenimiento, estaciones de transporte público, refugios para personas sin hogar, centros de mayores, consultorios legales y médicos y una variedad de otros negocios y establecimientos, a través de una Ley y una Ordenanza que son un modelo para el mundo, y que tienen la misión de proteger a toda la población contra el abuso, la marginación y el racismo en un territorio que fue recientemente el escenario de la violencia racista mas dura de los últimos tiempos en EE UU.
Pero, si bien en los EEUU se imponen poco a poco los límites a la implantación del reconocimiento facial, en Europa hay poco ruido a este respecto. Y mientras que en EE UU hay gran contestación social en oposición a esta tecnología, hasta el punto de que grandes empresas como Microsoft, Amazon o IBM decretaron moratorias temporales en el uso de sus productos por parte de policías y agencias de seguridad, hasta que hubiera una regulación federal que detalle como y donde puede emplearse el reconocimiento facial. Amazon, sin ir mas lejos, invirtió $ 24.000 en lobby en Portland para presionar a su gobierno para que adoptara medidas menos restrictivas. Osea, que a las empresas les conviene y mucho disponer de esta tecnología. ¿Con que fines? Quien lo sabe...
Teniendo en cuenta que cuando te siguen mediante reconocimiento facial, no debe de ser por algo bueno, cabe preguntarse cual es la tasa de error de esta tecnología. Y resulta que en lugares abiertos su tasa de error puede superar el 90%, tal y como lo afirma la consultora tecnológica Gemma Galdón en el Diario.es, lo que la convierte en prácticamente inútil.
Y ¿como está el tema en España?
Pues en España, como en Europa, aún no existen normas regulatorias específicas para el reconocimiento facial. Sin embargo la tecnología de reconocimiento facial está actualmente en uso o ha sido aprobada para su uso en 32 países. En Londres, antes de la pandemia, el pasado enero, la policía desplegó por toda la ciudad cámaras CCTV capaces de identificar caras. A finales de febrero ya había realizado su primer arresto aprovechando esta herramienta tecnológica que analiza los datos biométricos de las personas.
Esta falta de regulación permite que en España por ejemplo prosperen sin control algunas iniciativas como las de Mercadona por ejemplo, que está probando un sistema de reconocimiento facial para impedir la entrada en sus establecimientos de personas a las que la justicia haya impuesto órdenes de alejamiento contra sus tiendas o empleados, sistemas que dejarían de ser posibles con una regulación parecida a la adoptada por la ciudad de Portland esta semana. Este sistema de Mercadona está siendo investigado por la AEPD.
La estación de autobuses mas grande de España, la de Mendez Alvaro en Madrid dispone desde 2016 de un sistema de reconocimiento facial que incluso desconocían los dueños de los establecimientos interiores ubicados en la propia estación. Comenta elDiario.es que la organización alemana AlgorithmWatch realizó en agosto una investigación especial sobre las cámaras de reconocimiento presentes en esta infraestructura, revelando que tanto la Policía como la empresa privada adjudicataria de la seguridad tienen la capacidad de introducir una cara nueva en el sistema para que este detecte y siga a esa persona en cuanto entre en la estación.
En el Aeropuerto Adolfo Suarez, según nos cuenta El Diario.es, Aena tiene un proyecto piloto para que los pasajeros que vuelen a Bruselas o Asturias se identifiquen mediante su cara en el proceso de embarque. Requiere instalar una app en los móviles de los usuarios, y está activo desde finales de 2019, con la intención según explican, de facilitar las operaciones de embarque de los pasajeros.
También la Guardia Civil está investigando y estudiando el uso de esta tecnología en los eventos multitudinarios, mientras que la Empresa Municipal de Transportes de Madrid (EMT) pretendía poner en marcha un proyecto para probar el reconocimiento facial en el proceso de pago en autobuses públicos, pero ha tenido que detenerlo por el uso obligatorio de mascarillas.
Estas son algunas de las iniciativas de las que se tiene algún conocimiento, pero hay muchas mas, y se están desarrollando sin ningún tipo de control ni regulación al respecto.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) solo tiene en su web publicados dos informes sobre el uso del reconocimiento facial: uno sobre su uso en la realización de exámenes, en el que hay que destacar que "si se optase por basar en el interés público el reconocimiento facial de los alumnos, se requeriría de una norma con rango de ley que lo habilitase y estableciera garantías específicas para dichos tratamientos".
Otro de los informes es sobre su uso por las empresas de seguridad privada. en esta última, destaca que:
- Las técnicas de reconocimiento facial con fines de identificación biométrica suponen un tratamiento de categorías especiales de datos para los que el Reglamento exige garantías reforzadas
- Para tratar categorías especiales de datos con estos fines, la normativa requiere que exista un “interés público esencial” recogido en una norma con rango de ley que no existe actualmente en el ordenamiento jurídico
- La Agencia rechaza que la legitimación reconocida para los sistemas de videovigilancia que sólo captan y graban imágenes y sonidos pueda abarcar tecnologías como el reconocimiento facial, de la forma de andar o de la voz.
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